sábado, 25 de junio de 2011

Independencia de México

La Conspiración



 A fines de 1809 es descubierta una conspiración en Valladolid que intentaba derrocar al régimen militar de los peninsulares, en ella es
invitado a participar Don Miguel Hidalgo Costilla un cura criollo de gran carisma que por sus ideas es enviado al curato de Dolores desde el
cual sigue buscando gente con sus mismas inquietudes entre las cuales estaba el ser miembro importante de alguna conspiración para
derrocar al régimen. No se une a la conspiración de Valladolid porque observa su inmadurez y sus pocas posibilidades de éxito.
Su oportunidad surge entre un grupo de criollos de la ciudad de Querétaro que son protegidos por el corregidor de esta ciudad Miguel
Domínguez y sobre todo por su esposa Doña Josefa Ortiz de Domínguez. Este grupo es impulsado por un grupo de militares Ignacio Allende,
Juan Aldama, Mariano Abasolo, Joaquín Arias y otros. Allende es el principal promotor de la conspiración, un hombre impulsivo quien deseaba
dirigir la operación pero en forma de un movimiento de la clase media criolla conducida por militares. La conspiración de Valladolid demostró
que no bastaba con el apoyo de los criollos, que necesitaban al pueblo si es que esperaban tener alguna oportunidad de éxito en su aventura. Esto a la vez
los hacia dudar ya que en el fondo eran clasistas. Había que mover al pueblo, las masas y para ello necesitaban a alguien de gran carisma y
prestigio de modo que pudiera ser oído y aplaudido por la muchedumbre. Por tal razón y con pesar de Allende se llamo a Hidalgo.

Miguel Domínguez

Las reuniones de este grupo de conspiradores se realizaban en la casa del cura José María Sánchez a ellas acudían Allende, Altamirano,
Aldama, Hidalgo y otros. El Corregidor Don Miguel Domínguez aunque no asistía a las reuniones estaba de acuerdo con el movimiento y en su
casa se reunía con Allende para tratar el proyecto. Las reuniones estaban encubiertas bajo el pretexto de Juntas literarias, en las cuales
discutían los puntos para llevar acabo el levantamiento.
 José Maria de Allende y Uzaga

 La Conspiración Descubierta

 La conspiración es descubierta ante varias autoridades por Mariano Galva y el capitán Arias, ante esto Josefa Ortiz de Domínguez envía al alcalde, Ignacio Pérez, para que busque al capitán Allende en San Miguel, al no
encontrarlo ahí se dirige junto con Aldama a Dolores.

Documentos: Sentimientos de la nación, Plan de Iguala, constitución de apatzingan, Constitucion de 1824.

Sentimientos de la nación


Sentimientos de la Nación fue un documento, expuesto por José María Morelos y Pavón el día 14 de septiembre de 1813 en Chilpancingo. Es considerado uno de los textos políticos mexicanos más importantes, el conjunto de ideas expresadas se fundamenta en la Guerra de Independencia de los Estados Unidos, así como en la Revolución francesa.

Plan de Iguala


El Plan de Iguala fue un pronunciamiento político proclamado por Agustín de Iturbide el 24 de febrero de 1821 en la ciudad de Iguala de la Independencia, Guerrero; en el cual se declaraba la independencia de México.
Sus tres puntos fundamentales fueron:
  1. Establecer la Independencia de México de España.
  2. Establecer la Religión Católica como única.
  3. Establecer la unión de todos los españoles y americanos.
Más tarde, estos tres principios (Religión, Independencia y Unión) se convertirían en las Tres Garantías que promovió el ejército que sustentaría al gobierno, al que, por la misma causa, se le llamó Ejército Trigarante.
Según este plan, el gobierno que adoptaría como nación independiente sería el de una monarquía moderada, cuya corona sería otorgada a Fernando VII (miembro de la Casa de los Borbones), o en su defecto, a algún otro infante.
El plan suprimía, además, las distinciones étnicas entre los habitantes de la hasta entonces Nueva España; declaraba la igualdad de todos los individuos y, por lo tanto, en adelante todos tendrían los mismos derechos.
Para gobernar al nuevo país en lo que llegaba un príncipe a ocupar la corona, el plan proponía la creación de una "Junta Gubernativa" y, posteriormente, una Regencia que se encargaría de gobernar en lo que se elegía al nuevo emperador. Además convocaría a Cortes para elaborar una Constitución.
El plan es una reacción a los movimientos liberales que sucedían en España, en lo que se llamaría el Trienio Liberal. Tras un pronunciamiento militar realizado en Sevilla por Rafael de Riego, este logra obligar a firmar al rey Fernando VII de España una constitución parlamentaria de corte liberal. Este trienio liberal dura entre 1820 y 1823, cuando Fernando VII consigue que se cree la Santa Alianza (Prusia, Austria y Rusia), que envía un ejército compuesto por 95 000 soldados en ayuda del rey (ejército llamado los Cien Mil Hijos de San Luis), restaurando el Antiguo Régimen y el absolutismo tras la Batalla de Trocadero. Esto provocó una emigración de "liberales", principalmente a Londres, y que sobrevivió malamente con un paga que les concedía el gobierno inglés.
Finalmente, exhortaba a los insurgentes a incorporarse al ya mencionado Ejército Trigarante, cuyo líder sería Agustín de Iturbide.

Constitución de Apatzingan


La Constitución de Apatzingán (formalmente: Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana), fue promulgada el 22 de octubre de 1814, por el Congreso de Chilpancingo reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Félix María Calleja. La Constitución fue válida para las fuerzas de los insurgentes y los territorios que lograron controlar efímeramente durante el transcurso de la guerra de la Independencia de México.

La Constitución de Apatzingán se componía de 2 títulos y 242 artículos, se baso principalmente en la Constitución de Cádiz pero de manera un tanto modificada, pues en oposición a la Constitución Española, preveía la instauración de un régimen Republicano de Gobierno. Los artículos más relevantes fueron:
1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se debe profesar en el Estado.
2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.
5. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.
12. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.
13. Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella.
19. La ley debe ser igual para todos...
30. Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado.
42. (Las provincias de la América Mexicana): México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3 personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. El Supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.
La constitución realmente nunca tuvo validez ni fue aplicada. Casi un año después de su promulgación, su inspirador, José María Morelos y Pavón fue capturado y fusilado finalmente el 22 de Diciembre de 1815 y así temporalmente las tropas realistas tomaron nuevamente el control de prácticamente todo el país, pero al final no pudieron impedir que la América Mexicana consumara su independencia, primero bajo el nombre de Imperio Mexicano que finalmente se convertiría en los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución de 1824

Archivo:Constitucion 1824.PNG

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 entró en vigor el 4 de octubre de 1824, después del derrocamiento del Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide. En la nueva Constitución, la república tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos, y era definida como una república federal representativa, con el catolicismo como religión oficial.

Redacción y promulgación
Tras la abdicación de Agustín de Iturbide al Primer Imperio Mexicano, el Congreso se reunió y le otorgó el poder ejecutivo a un triunvirato llamado Supremo Poder Ejecutivo; cuyos miembros fueron Pedro Celestino Negrete, Nicolás Bravo y Guadalupe Victoria, y como suplentes a Miguel Domínguez, Mariano Michelena y Vicente Guerrero. Este Supremo Poder Ejecutivo fue un gobierno provisional que convocó un nuevo Congreso Constituyente que se instaló el 7 de noviembre de 1823.
Dentro de los miembros del Congreso, se observaron dos tendencias ideológicas. Por una parte los centralistas entre quienes destacaron fray Servando Teresa de Mier, el padre José María Becerra y Jiménez, Carlos María de Bustamante, Juan José Ignacio Espinosa de los Monteros, Rafael Mangino y Mendívil, el padre José Miguel Guridi y Alcocer y otros. Por otra parte los federalistas, entre quienes destacaron Miguel Ramos Arizpe, Lorenzo de Zavala, Manuel Crescencio Rejón, Valentín Gómez Farías, Juan de Dios Cañedo, Juan Bautista Morales, Juan Cayetano Gómez de Portugal, Francisco García Salinas, Prisciliano Sánchez y otros.Años más tarde estas ideologías formarían el Partido Liberal y el Partido Conservador.
La tesis de Servando Teresa de Mier se oponía a dividir el territorio en estados independientes, pues consideraba que esto debilitaría a la nación, la cual necesitaba unión para hacer frente a eventuales intentos de reconquista de España la cual sería apoyada por otras naciones europeas. Sí bien era cierto que las colonias de Estados Unidos se habían unido en una federación, en México el concepto no necesariamente funcionaría, pues siempre habían existido las provincias con un gobierno central. Estaba la experiencia de Centroamérica que después de la disolución del Imperio y se les concedió a las provincias la categoría de Estados Libres, el 1 de julio de 1823 decidió no formar parte de la nueva república, y consideró que los gobiernos estatales tomarían una actitud egoísta provocando una desunión a manera de cacicazgos.Los que defendían la ideología federalista, argumentaron que era el deseo y voluntad de la nación constituirse de esta forma, y ejemplificaron la prosperidad estadounidense por adquirir este régimen, y en contraparte el fracaso de Iturbide.
El 31 de enero de 1824 se aprobó el Acta Constitutiva de la Federación, la cual era un estatuto provisional del nuevo gobierno. La nación asumió oficialmente la soberanía y se constituyó por estados libres, soberanos e independientes. Durante los siguientes meses, continuaron los debates constitucionales.
El 2 de octubre de 1824, Guadalupe Victoria fue declarado primer Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para el período 1825 -1829.
El 4 de octubre de 1824 se realizó la solemne proclamación del pacto federal bajo el nombre de Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
El 8 de octubre de 1824, el Presidente y el Vicepresidente Nicolás Bravo juraron la Constitución.
Guadalupe Victoria asumió el cargo de presidente interino del 10 de octubre de 1824 al 31 de marzo de 1825. Su período constitucional en el cargo se inició el 1 de abril de 1825.

Contenido

La Constitución de 1824 estaba conformada por 7 títulos y 171 artículos, fue basada en la Constitución de Cádiz para las cuestiones americanas, en la Constitución de los Estados Unidos para la fórmula de representación y organización federal, y en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana de 1814, la cual abolía la figura monárquica. Se implantó el sistema de federalismo en una república representativa popular, la cual estaba integrada por diecinueve estados, cuatro territorios dependientes del centro y el distrito federal. La constitución de 1824 no contempló expresamente los derechos ciudadanos. El derecho de igualdad de los ciudadanos quedó restringido por la permanencia del fuero militar y eclesiástico. Los artículos más relevantes fueron:
Centralistas y federalistas


Dos grupos antagónicos se delinearon en la región: el de Álvarez, liberal y federalista, y el de Bravo, conservador y centralista
Los intereses de federalistas y centralistas

A la muerte de Guerrero, Juan Álvarez fue el heredero político. Desde La Providencia comenzó a dirigir a los seguidores del presidente sacrificado en 1831. Se unieron en torno a Álvarez otros caciques menores y jefes militares, entre ellos el general Isidro Montes de Oca.
Poco a poco se fueron delineando dos grupos antagónicos en la región: el de Álvarez, liberal y federalista, y el de Bravo, conservador y centralista. El principal tema de discusión postindependentista, entre federalistas y centralistas, se extendió por el territorio nacional. El caso de la provincia de Tecpan ejemplifica lo que sucedía en el resto del país. Algunos historiadores piensan que la postura ideológica de Álvarez correspondía a intereses personales, ya que el federalismo favorecía la autonomía en su cacicazgo de la Costa Grande.
Juan Álvarez era muy estimado por sus coterráneos; lo admiraban por haber sido soldado de Morelos y lo respetaban como compañero de Guerrero. Y, por si fuera poco, poseía las mejores tierras y el mejor ganado de la región. La grandeza del cacique sureño fue reconocida cuando, a iniciativa del Congreso local, fue declarado "benemérito del Estado". En el año de 1852, la legislatura aprobó la iniciativa para acreditar a Atoyac y Coyuca como ciudades y añadírseles, respectivamente, "de Álvarez" y "de Benítez", por ser pueblos natales de don Juan y su esposa.

Guerra de reforma


La Guerra de Reforma de México o también conocida como la Guerra de los Tres Años, transcurrió desde el 17 de diciembre de 1857 hasta el 1 de enero de 1861, que culmina con la entrada de Juárez a la capital del país. Fue el conflicto armado que enfrentó a los dos bandos en que se encontraba dividida la sociedad mexicana: liberales y conservadores.
Se inicio cuando el general conservador Félix Zuloaga, dio a conocer el Plan de Tacubaya, el cual demandaba la derogación de la Constitución de 1857, la permanencia de Ignacio Comonfort en la presidencia y la convocatoria de un Congreso extraordinario, el cual se encargaría de elaborar otra carta constitucional que, según los conservadores, "garantizara los verdaderos intereses del pueblo". Dos días después de su publicación, Comonfort (Presidente electo en ese momento) se adhirió al Plan de Tacubaya. Benito Juárez (Presidente de la Suprema Corte de Justicia en ese momento) defendió enérgicamente la Constitución y se negó a colaborar con los conservadores. Por esta razón, Comonfort ordenó que lo detuvieran y lo mantuvieran en prisión. Con el transcurso de los años, la guerra se hizo más sangrienta y polarizó a la gente en la nación. Muchos de los moderados se unieron a los liberales, convencidos de que era necesario acotar el gran poder económico y político de la Iglesia Católica. Por un tiempo los liberales y conservadores tuvieron gobiernos paralelos, con la sede del gobierno conservador en la Ciudad de México y los liberales en Veracruz. La guerra terminó con la victoria de los liberales y el presidente Benito Juárez instaló su administración en la Ciudad de México. Una vez que el Congreso Constituyente había cumplido con su tarea de elaborar una nueva constitución, se hizo la convocatoria para realizar elecciones tanto de los poderes federales como los de los estados; tocó entonces a las legislaturas estatales el arreglo de las constituciones particulares de cada estado, de acuerdo con la constitución general. Se reunió así el primer Congreso Constitucional que trabajaría ya bajo los principios de la carta magna del 1857.
Se inició con el Plan de Tacubaya en diciembre de 1857. Su objetivo principal era la abolición de la Constitución liberal. Al siguiente mes, el Plan de la Ciudadela reafirmaba ese propósito. Desde entonces hasta mediados de 1860 el territorio del actual Estado de México estuvo bajo el control de los conservadores. De tal manera irían fungiendo varios gobernadores conservadores. Entonces trató de sostenerse un gobierno peregrino del Estado de México, siendo el de Michoacán asilo de ese gobierno y fuente de provisiones para los guerrilleros mexiquenses. Tanto liberales como conservadores tuvieron desavenencias internas. Efecto y causa de ellas fue el pronunciamiento de Ayotla en el Estado de México en diciembre de 1858.
Estando en Michoacán, el liberal Sabás Iturbide Rojas dejó la gubernatura del Estado de México a Simón Guzmán. Tocó a éste apoyar la campaña de Miguel Blanco, quien pretendía tomar Toluca y aun sorprender la Ciudad de México. Éste y otros intentos se frustraron hasta mediados de 1860, cuando Berriozábal logró enseñorearse del valle de Toluca. Este avance fue uno de los pasos que prepararon la resonante batalla de Silao, ganada por los constitucionalistas. A ella concurrió Berriozábal con la división del Estado de México. Sin embargo, una vez que retornó a Toluca, fue sorprendido por Miramón, quien penetró audazmente hasta el centro de la ciudad; mas fue pasajera la hazaña conservadora, pues el 22 de diciembre de 1860 Miramón fue derrotado en San Miguel Calpulalpan, al noroeste de la entidad, por González Ortega.
Sin embargo, las gavillas conservadoras siguieron por el rumbo de Malinalco, sobre todo en la sierra que va del Monte de las Cruces a Villa del Carbón, asestando duros golpes, significativos por la muerte de importantes personalidades del partido constitucionalista: Santos Degollado en los Llanos de Salazar el 15 de junio de 1861 y Leandro Valle, a los ocho días, en el Monte de las Cruces.
El 12 de octubre de 1861 la legislatura del estado culminaba la elaboración de una nueva Constitución, acorde con la federal del 57, aprovechando las lecciones del pasado, las luces de los legisladores que nos han precedido en los bellos y apacibles días de nuestra infancia social e independiente y las no pocas que brotando del seno mismo de los combates, han ilustrado a las masas después de la última revolución de principios.
La Constitución del 61 buscó balancear mejor los poderes públicos, prescribió la mayoría absoluta en la discusión y votación de leyes, redujo los periodos de sesiones del legislativo, amplió las facultades municipales y exigió la residencia en el estado para ser diputado, sin requerirlo en cambio para la gubernatura.

Constitución de 1857

Archivo:Constitución de 1857.jpg

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 fue una constitución de ideología liberal redactada por el Congreso Constituyente de 1857 durante la presidencia de Ignacio Comonfort. Fue jurada el 5 de febrero de 1857. Estableció las garantías individuales a los ciudadanos mexicanos, la libertad de expresión, la libertad de asamblea, la libertad de portar armas. Reafirmó la abolición de la esclavitud, eliminó la prisión por deudas civiles, las formas de castigo por tormento incluyendo la pena de muerte, las alcabalas y aduanas internas. Prohibió los títulos de nobleza, honores hereditarios y monopolios.
Ciertos artículos fueron contrarios a los intereses de la Iglesia Católica, como la enseñanza libre de dogma, la supresión de fueros institucionales, y la enajenación de bienes raíces por parte de la misma. El Partido Conservador se opuso a la promulgación de la nueva Carta Magna polarizando así a la sociedad mexicana. A consecuencia, se inició la Guerra de Reforma, las pugnas entre liberales y conservadores se prolongaron por la Segunda Intervención francesa y por el establecimiento del Segundo Imperio Mexicano. Diez años más tarde, con la república restaurada, la Constitución tuvo vigencia en todo el territorio nacional.

Contenido
La Constitución de 1857 estaba conformada por 8 títulos y 128 artículos, fue similar a la de carta magna de 1824, implantó de nueva cuenta el federalismo y la república representativa, la cual constaba de veinticinco estados, un territorio y el distrito federal. Apoyó la autonomía de los municipios en los que se divide políticamente cada estado. Los artículos más relevantes consistían en:
2. Abolición de la esclavitud.
3. Enseñanza libre (ninguna limitación en favor del dogma).
5. Libertad de vocación, prohibición de contratos con pérdida de libertad por causa de trabajo, educación o voto religioso.
7. Libertad de expresión.
10. Libertad de portar armas.
13. Prohibición de fueros a personas o instituciones, supresión de tribunales especiales (Ley Juárez).
12. No se reconocen títulos nobiliarios.
22. Prohibición de penas por mutilación, azotes, y tormento de cualquier especie.
23. Abolición de pena de muerte, reservada solo al traidor a la patria, salteadores de caminos, incendiarios, parricidas, y homicidas con el agravante de alevosía, premeditación o ventaja. Así como delitos del orden militar o piratería.
27. Ninguna corporación civil o eclesiástica tiene capacidad para adquirir o administrar bienes raíces, a excepción de los edificios al servicio u objeto de la institución (antecedente de la Ley Lerdo).
30. Definición de nacionalidad mexicana.
31. Obligaciones de los mexicanos.
36. Obligaciones de los ciudadanos.
39. La soberanía de la nación dimana del pueblo.
50. División de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
124. Prohibición de alcabalas y aduanas internas.
128. Inviolabilidad de la Constitución.
Entre otras cosas, incluía un capítulo dedicado a las garantías individuales, y un procedimiento judicial para proteger esos derechos conocido como amparo. También apoyaba la autonomía de los municipios, en que se dividen los estados desde un punto de vista político.
El artículo 15, que no fue aprobado, permitía la tolerancia de cultos, protegiendo y cuidando a la religión católica, siempre y cuando no se perjudicaran los intereses del pueblo y la soberanía de la nación. Su discusión fue la más controvertida, los moderados defendían la unidad religiosa para así mantener la unidad nacional. Los puros consideraron que el país requería de colonizar el territorio con extranjeros, y por tanto se debía admitir libertad religiosa. El poder Ejecutivo se pronunció en contra del artículo arguyendo que era contrario a la voluntad de la mayoría de la nación. No obstante, la mayor parte las propuestas de los puros fueron aprobadas.

Perdida de territorio


El Tratado de Guadalupe Hidalgo (en inglés: Treaty of Guadalupe Hidalgo), oficialmente llamado Tratado de Paz, Amistad, Límites y Arreglo Definitivo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, fue firmado al final de la Guerra de Intervención Estadounidense por los gobiernos de México y los Estados Unidos el 2 de febrero de 1848, y fue ratificado el 30 de mayo de 1848. El tratado estableció que México cedería más de la mitad de su territorio, que comprende la totalidad de lo que hoy son los estados de California, Nevada, Utah, Nuevo México y Texas, y partes de Arizona, Colorado, Wyoming, Kansas y Oklahoma. Además, México renunciaría a todo reclamo sobre Texas y la frontera internacional se establecería en el Río Bravo.Como compensación, los Estados Unidos pagarían 15 millones de dólares por daños al territorio mexicano durante la guerra, unos 313,46 millones de dólares del año 2006.
Entre los notables aspectos del tratado, se encuentran los siguientes: se estableció al Río Bravo del Norte o Río Grande como la línea divisoria entre Texas y México, y se estipuló la protección de los derechos civiles y de propiedad de los mexicanos que permanecieron en el nuevo territorio estadounidense. Asimismo, Estados Unidos aceptó patrullar su lado de la frontera y los dos países aceptaron dirimir futuras disputas bajo arbitraje obligatorio. Sin embargo, cuando el Senado estadounidense ratificó el tratado, eliminó el Artículo 10, el cual garantizaba la protección de las concesiones de tierras dadas a los mexicanos por los gobiernos de España y de México. También debilitó el Artículo 9, el cual garantizaba los derechos de ciudadanía de los mismos.

La Firma del Tratado

Ante la crítica situación que se vivía en el país, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, don Manuel de la Peña y Peña, se hace cargo del poder ejecutivo en la ciudad de Toluca el 27 de septiembre. Unos días después marchará a Querétaro, junto con don Luis de la Rosa, que era el titular de los cuatro ministerios existentes. A finales de noviembre los comisionados de paz Cuevas, Bernardo Couto y Atristáin reiniciarán conversaciones con Trist, aún a pesar de que este último fue destituido por el gobierno de Washington. Sin embargo, es animado a continuar por Scott, ya que ambos funcionarios estadounidenses se sentían incomprendidos por la administración Polk. Las conversaciones fueron largas y complicadas. El mayor éxito de los mexicanos fue conservar la Baja California y unirla a través de un puente de tierra a Sonora. A pesar de todo, fue necesario fijar los límites entre ambos países con base en los ríos Gila y Grande, cediendo en total 2,378,539 km²; paralelamente 100,000 mexicanos pasan a ser extranjeros en su propia tierra.
El tratado sería firmado en la villa de Guadalupe Hidalgo, entonces muy cercana a la ciudad de México, el día 2 de febrero de 1848 y ese mismo se celebró con misa solemne en la Colegiata de Guadalupe. El contenido del tratado le es notificado a Polk el día 19, que lo envía al Congreso estadounidense, donde es aprobado el 10 de marzo. Paralelamente, De la Peña y Peña logra reunir al Congreso mexicano en Querétaro. Don Luis de la Rosa presentó ante él una amplísima "Exposición", documento que por su realismo y patriotismo, convenció a la mayoría de los diputados a favor del tratado de paz, aún a pesar de quienes pretendían continuar la guerra.
El Tratado de Guadalupe Hidalgo fue ratificado y canjeado por ambas partes ese mismo año. El 30 el mayo de 1848 queda establecida la paz entre las dos naciones.

Modificaciones al tratado
Treaty of Guadalupe Hidalgo.jpg
Antes de ser plenamente ratificado, el Tratado de Guadalupe Hidalgo sufrió modificaciones importantes en los artículos IX y X, además de modificaciones menores, pero significativas, en otros artículos. El artículo IX del Tratado original fue suprimido en su totalidad, y reemplazado por uno enteramente nuevo. Así, en vez de que los mexicanos conservasen por un año sus derechos civiles de los mexicanos en los territorios vendidos, y de establecer su igualdad con los otros habitantes de los Estados Unidos de América, el nuevo artículo permite que el Congreso estadounidense, a discreción, los admita como ciudadanos de los Estados Unidos de América. El artículo X, sobre la posesión de las concesiones otorgadas, fue suprimido y no reemplazado. En el artículo XI se elimina la restricción de venta de armas de fuego a los indios. En el artículo XII se suprime elección de la forma de pago de la compensación que debe recibir México. En el artículo XXIII, se agrega que el canje de ratificaciones se hará donde estuviere el Gobierno mexicano. Y finalmente, se suprime el artículo adicional y secreto del Tratado.
1. La nación mexicana es soberana y libre del gobierno español y de cualquier otra nación.
2. La religión de la nación es la Católica Apostólica y Romana, es protegida por las leyes y se prohíbe cualquier otra.
4. La nación mexicana adopta un gobierno de forma de república representativa popular federal.
6. El Supremo poder de la federación se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial.
7. El Poder Legislativo es depositado en un Congreso constituido por dos cámaras, una de diputados y otra de senadores.
50. Libertad política de imprenta en la federación y en los estados (apartado 1).
74. El Poder Ejecutivo reside en una persona denominada presidente de los Estados Unidos mexicanos.
75. Se establece la figura del vicepresidente, quien en caso de imposibilidad física o moral del presidente, ejercerá las facultades y prerrogativas del mismo.
95. El período del presidente y vicepresidente será de cuatro años.
123. El Poder Judicial reside en una Corte Suprema de Justicia, en los Tribunales de Circuito y en los Juzgados de Distrito.
124. La Corte Suprema se compone de once ministros distribuidos en tres salas y un fiscal.
157. El gobierno individual de los estados se conforma por tres poderes.
Aunque no estaba estipulado en la constitución, la esclavitud estaba prohibida en la Republica. Miguel Hidalgo promulgo la abolición de la esclavitud en Guadalajara el 6 de diciembre de 1810. El presidente Guadalupe Victoria también declaro la abolición de la esclavitud, pero fue el presidente Vicente Guerrero expidió el decreto de Abolición de la Esclavitud el 15 de septiembre de 1829.

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